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El Gobierno regula la donación y almacenamiento de células y tejidos humanos
Por EP, 07-07-2014 09:12:20
FOTO: FLICKR/BANC DE SANG I TEIXITS

El Diario del Bebé.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes con carácter de urgencia el Real Decreto Ley que regula las normas de calidad y seguridad para la donación, obtención, evaluación, procesamiento, preservación, almacenamiento y distribución de células y tejidos humanos, y que sustituye al Real Decreto en vigor desde 2006 sobre el mismo tema, anulado ese mismo día tras una sentencia del Tribunal Supremo por "insuficiencia de rango".

  

De hecho, el nuevo Decreto Ley, que recoge la normativa derogada con pequeños cambios de tipo formal, entrará en vigor de inmediato, aunque posteriormente tendrá que ser ratificado en el Parlamento.

  

Según recordó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el Tribunal Supremo anuló el Real Decreto hasta ahora vigente "no por su contenido sino por su falta de rango legal", de ahí que hayan actuado "inmediatamente" para "evitar que haya un vacío legal".


  

Además, ha recordado que actualmente España es líder en materia de donación y trasplantes de órganos "gracias a un modelo basado en la voluntariedad, anonimato, altruismo y solidaridad que también rige en estos casos".

  

La norma supone la trasposición de tres directivas europeas y regula todo lo relativo a la calidad y seguridad de la donación y trasplante de tejidos y células, materia entre la que se encuentran los bancos de sangre de cordón umbilical.

  

Precisamente la sentencia del Supremo se produjo tras una denuncia de la empresa Vidacord, que cuenta con un banco para la conservación de este material en España cuyas muestras deben estar a disposición de todo el que las pueda necesitar, en virtud de la citada normativa.

  

Una obligatoridad que hace que la mayoría de los bancos privados de sangre de cordón que ofrecen sus servicios en España almacenen las muestras en otros países, para garantizar a los propietarios que podrán contar con tales muestras en el futuro en caso de necesitarlas.

  

De hecho, Vidacord aseguraba que si la nueva normativa seguía contemplando la disposición universal obligatoria de dichas células la recurrirían ante el Tribunal Constituticional para evitar lo que consideran un "exilio celular", y tratar de "conciliar los derechos individuales de las familias con el interés conjunto de la población", explicó su presidente y fundador, Ángel Álvarez.


España cuenta actualmente con cerca de 60.000 unidades de sangre de cordón almacenadas, lo que le convierte en el segundo país del mundo en número absoluto de unidades, solo por detrás de Estados Unidos. Asimismo, hay más de 150.000 donantes de médula ósea registrados a disposición de cualquier paciente en el mundo que lo necesite, ya que la donación y trasplante de células madre sanguíneas funciona mediante una red de solidaridad internacional.



MÁS DE 15.000 TRANSPLANTES DE TEJIDOS O CÉLULAS AL AÑO


Según datos de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), en España cerca de 400.000 pacientes han recibido algún trasplante de tejidos y células desde que hay registros (1989), una intervención que ha ido creciendo paulatinamente ya que en la actualidad se realizan más de 15.000 trasplantes al año.

  

Entre ellos, destacan desde el punto de vista cuantitativo los trasplantes de tejido osteotendinoso (huesos y tendones), con cerca de 10.000 al año, los de córnea, con más de 3.500 anuales y los de células madre sanguíneas o progenitores hematopoyéticos, de los que se practicaron cerca de 3.000 en 2013.

  

Aunque en menor cuantía, también se encuentran el trasplante de piel, indicado en pacientes con grandes quemaduras, el de válvulas cardíacas en pacientes con enfermedades del corazón, o el empleo de la membrana amniótica en el tratamiento de enfermedades oculares.



CAMBIOS MÍNIMOS, LA MAYORÍA DE CARÁCTER FORMAL


El hecho de que la elaboración de esta norma sea la necesidad de un cambio de rango, hace que el texto tan solo incluya cambios de carácter formal para actualizar tanto determinadas referencias legales como la denominación del propio Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que conservaba la publicada en el RD 1301/2006, todas ellas a propuesta de la Secretaria General de Normativa.

  

Asimismo, se modifica un apartado y se establece que "el empaquetado debe impedir la contaminación de quienes lo llevan a cabo y quienes transportan los tejidos y las células", como consecuencia de varias normas europeas.

  

También se ha introducido una Disposición transitoria única que establece la retroactividad de la norma, de modo que será de aplicación a las situaciones jurídicas nacidas y a los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor, salvo en lo que se refiere a las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.

 

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